El Estado introdujo una importante modificación en el marco regulatorio del servicio público de agua potable y desagües cloacales. A partir de ahora, se habilita el corte total del suministro a usuarios residenciales que acumulen facturas impagas, una medida sin precedentes que forma parte de una serie de reformas orientadas a facilitar la entrada de capitales privados y avanzar en la privatización de Agua y Saneamientos Argentinos S.A. (AySA).
Hasta el momento, la normativa vigente permitía únicamente la reducción del caudal de agua como sanción ante la falta de pago. Con la nueva disposición, el artículo 81 del régimen regulatorio establece que el corte total del servicio podrá aplicarse cuando exista una factura vencida con al menos 60 días de mora para los usuarios residenciales. En el caso de usuarios no residenciales, el plazo será de 15 días. En ambos casos, el conteo se inicia a partir del segundo vencimiento de la factura.
La medida busca equiparar el régimen del servicio de agua al de otros servicios públicos esenciales, como la electricidad y el gas, donde ya está contemplado el corte por falta de pago. Por ejemplo, en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), las distribuidoras de energía eléctrica Edenor y Edesur pueden interrumpir el suministro 14 días después del segundo vencimiento de una boleta impaga. No obstante, antes deben emitir una nueva factura con aviso de corte y, en caso de persistir la deuda, enviar una notificación final con al menos 24 horas de anticipación.
La flexibilización del marco regulatorio del servicio de agua se basa en el plan del Gobierno para avanzar con la privatización para poder ofrecer una mayor previsibilidad y atractivo para futuros inversores de AySA, empresa estatal encargada de la provisión de agua potable y saneamiento en la Ciudad de Buenos Aires y 26 partidos del conurbano bonaerense